Elección de la forma jurídica de la empresa
Formas Jurídicas
En esta página encontrareis formas jurídicas que puede adoptar las empresas , sus ventajas e inconvenientes y los trámites necesarios para crear una empresa con una u otra forma jurídica
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ejemplo:
Emprendedor de Responsabilidad Limitada
Introducción
El emprendedor persona física, cualquiera que sea su actividad, podrá limitar su responsabilidad por las deudas que traigan causa del ejercicio de dicha actividad empresarial o profesional mediante la asunción de la condición de «Emprendedor de Responsabilidad Limitada», una vez cumplidos los requisitos y en los términos establecidos en la Ley 14/2013.
El emprendedor persona física, cualquiera que sea su actividad, podrá limitar su responsabilidad por las deudas que traigan causa del ejercicio de dicha actividad empresarial o profesional mediante la asunción de la condición de «Emprendedor de Responsabilidad Limitada», una vez cumplidos los requisitos y en los términos establecidos en la Ley 14/2013.
Persona física: Persona que realiza de forma habitual, personal y en nombre propio una actividad comercial, industrial o profesional, con el fin de obtener unos beneficios.
La persona que adopte esta forma se convierte en un trabajador por cuenta propia o autónomo.
Requisítos
Ser mayor de edad y tener libre disposición de sus bienes.
Ser mayor de edad y tener libre disposición de sus bienes.
Principales ventajas:
- No estar sujeta a realizar demasiados trámites para su constitución, no exigir un capital mínimo inicial y gestionar personalmente su empresa.
- Pagar, fiscalmente, de acuerdo a sus ganancias (I.R.P.F.).
- La condición de ERL queda publicada en el Registro Mercantil, Registro de la Propiedad y portal del Colegio de Registradores.
- La vivienda habitual queda protegida frente a las deudas generadas en el desarrollo de la actividad, siempre que su valor no supere 300.000 euros en la base imponible de ITP y AJD (450.000 en poblaciones de más de 1 millón de habitantes).
Principales inconvenientes
- Necesidad de inscripción en el Registro Mercantil y Registro de la Propiedad (coste aproximado 50 euros).
- Necesidad de hacer cuentas anuales, auditarlas y presentarlas en el Registro Mercantil.
- Recae sobre él o ella todo el riesgo que conlleva crear un negocio.
- Responder a las deudas de sus negocios con el patrimonio del negocio y con el patrimonio propio. (Esta obligación se extiende al cónyuge si no se tienen separación de bienes). Excepto la vivienda habitual que queda protegida siempre y cuando se cumplan los requisitos de la Ley. No resultará de aplicación la limitación de la vivienda habitual respecto de las deudas de derecho público.
Puesta en marcha
- Solicitud de licencia de apertura para actividades e instalaciones
- Declaración Censal. [036] [037]
- Adquisición de libros de obligatorios
- Alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social. [TA521]
- Inscripción de empresa en la Seguridad Social (Sólo si va a contratar trabajadores). [TA6]
- Afiliación de los trabajadores en la Seguridad Social. [TA1]
- Alta de los trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social. [TA2]
- Comunicación de apertura del centro de trabajo. [pinche aquí]
- Inscipción como Emprendedor de Responsabilidad Limitada
- Inscripción en Registro de la Propiedad
- Adquisición del libro de visitas
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